Yo tambien

enero 28, 2011

Aquí las cosas son así (2/2)

La siguiente es una lista no exhaustiva, facilitada por Nora Suárez, de los aspectos que SI son considerados como compensables a la hora de justificar los $ 1,500 de la compensación económica.

.-Alimento.
.-Ropa.
.-Gasolina.
.-Pasajes de avión.
.-Pasajes de bus.
.-Depósitos requeridos para alquiler de vivienda (primer y último mes además del seguro correspondiente del depósito).
.-Depósitos de seguridad de los servicios básicos tales como teléfono, luz, agua, internet.
.-Cuotas de almacenaje.
.-Cuotas de mudanza.
.-Medicamentos que incluye también los que la víctima haya dejado cuando se fue de la vivienda.
.-Pagos para obtener copias y cualquier documento legal que necesite y /o dejo cuando se fue de la vivienda (por ejemplo partida de nacimiento, etc.)

Nayda Suárez agrega “debe enviar los recibos de cómo han sido usados los $1,500, tiene treinta días (30) para justificar el dinero y recuerde que esta ayuda se da una sola vez en la vida”.


Al margen de la nota:
Entiendan estimados lectores que cuando se dice “serán compensados los alimentos y la ropa” se refiere a algo razonable y mesurado; más no se acepta que los $1,500 sean gastados en ropa y comida en su totalidad. Puedo comprender entonces, que esta lista y la del post anterior han sido realizadas bajo ciertas restricciones y observaciones, debido a la inconsciencia de algunas de las víctimas.

Para mayor información comunicarse al (305)693-1170

No se debe perder la ecuanimidad ante las oportunidades que se nos brindan.

Nos seguimos leyendo en la red…!!!

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