Yo tambien

enero 27, 2011

Aquí las cosas son así

¡Hola!, soy yo Belkis, la autora del Blog. En una oportunidad les mencioné la ayuda económica que da el gobierno a las víctimas de violencia doméstica llamado “compensación económica a la víctima”. Les recuerdo que es una solicitud gratis y que se puede conseguir también en los refugios, mejor conocidos como shelters.

Estos centros disponen de “outreach services” (no conseguí una traducción fidedigna al español) para sobrevivientes que necesitan de apoyo y asesoría, aunque no requieren del refugio como tal para quedarse. Conversé con Nayda Suárez, quien trabaja en el centro The Lodge, porque me daba curiosidad saber que se podía hacer con esos $1,500 y obtuve una información curiosa. Les cuento.



YT: Nayda, puede existir la idea que los refugios son solo para personas sin vivienda y necesitada de ayuda física ¿Y qué pasa cuando solo requerimos de una información o ayudita técnica? ¿Están ustedes disponibles?
N.S: Nosotros tenemos un “outreach program” que significa dar ayuda y asistencia a personas que están fuera del refugio. Nosotros como staff trabajamos con la persona, intercedemos por ellos y creamos planes de seguridad de acuerdo a sus necesidades. No importa su status porque si ese fuere el caso, hasta le remitimos a una asistencia migratoria.

En el año 1982 se creó la Ley VOCA por sus siglas en inglés (Victims of Crime Act) o Ley Federal de Víctimas del Crimen.

YT: ¿Les ayuda con la planilla VOCA??
N.S: Si y en dos, tres semanas tiene la respuesta.

YT: ¿Qué necesitan traer?
N.S: Necesita un reporte policial y le tomamos el número de la denuncia del caso en la policía y procedemos.

YT: Ahora bien ¿la persona que está siendo beneficiada con esta compensación sale con la idea bien clara de que hacer con esos $1,500?
Nayda sonríe y dice “hay de todo, hemos visto y sabido de muchas cosas…pero te puedo enumerar algunos tópicos que NO son considerados compensables y que les explico deben respetar:

.- Parcelas de cementerio.
.-Pagos atrasados en las cuentas de servicios residenciales. Por favor, cubre los recibos mensuales pero no los meses atrasados.
.-Pagos atrasados en las cuentas de alquiler. Es decir, cubre la renta mensual pero no los meses atrasados de los residentes actuales.
.-La prima de seguros médicos, dentales, de automóvil o de casa.
.-Bebidas alcohólicas
.-Productos de tabacos y afines.
.-Cuidado del césped.
.-Automóviles.
.-Reparación de carros. Al menos que el carro se rompa mientras esta la persona reubicándose.
.-Botes o remolques de botes.
.-Computadoras. Al menos que sean usados para trabajar.
.-Joyas.
.-Armas de fuego.
.-Hipoteca de la casa del abusador.
.-Cuotas de membrecía.
.-Cercar, poner vallas.
.-Sistemas de Seguridad.
.-Licencias de automóviles o botes.
.-Tickets de lotería.

Y supongo yo que ésta lista se ha ido extendiendo en la medida que van reeducando a las víctimas y/o sobrevivientes de que “aquí las cosas son así”. Continuará…

0 comentarios :

Publicar un comentario

Los blogs son para opinar y sentirnos libres. Para lograr una buena dinámica agradezco hacer comentarios apropiados, ajustados a la temática; de lo contrario, NO serán publicados.